Violencia vicaria: cuándo se considera como tal

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Violencia vicaria: cuándo se considera como tal

La violencia vicaria es una de las expresiones más crueles de agresión y maltrato que puede existir.

Desde Abogados Divorcio Madrid Luna Marín te explicamos las características de este tipo de violencia, y qué normativas existen al respecto.

QUÉ ES LA VIOLENCIA VICARIA

La violencia vicaria se refiere al acto de asesinar a los hijos para generar el máximo sufrimiento de su madre. Es una de las expresiones más salvajes de violencia machista.

Hablamos de la violencia que realiza el maltratador sobre sus propios hijos o los hijos de sus parejas o exparejas para dañar, incluso hasta el extremo de matar a los hijos para perjudicar a la mujer.

Este tipo de violencia se ejerce sobre las personas más vulnerables e indefensas de la sociedad para producir el mayor dolor que se puede provocar sobre una mujer, sobre una madre, que es causar daño a sus hijos.

Se trata de la deshumanización de las personas más cercanas a la víctima de violencia de género convirtiéndolas en objetos, cuya finalidad es producirle un sentimiento de culpabilidad por no poder proteger a sus hijos.

Cuando estas amenazas se cumplen y los hijos se transforman en víctimas indefensas, esta conducta se traduce en violencia vicaria.

Una expresión de maltrato de género sádica y cruel en que la muerte del menor es utilizada como instrumento de tortura y venganza que nada tiene que ver con el menor.

El padre sabe que ese dolor es mucho mayor que el que se produce al dañar a la madre directamente.

El concepto vicario se refiere a la sustitución de un individuo por otro en el ejercicio de su función.

Aplicado a la violencia, representa ejercer una agresión sobre una persona (el hijo) en sustitución de otra (la madre), la cual es el objetivo principal.

VIOLENCIA VICARIA: AVANCES NORMATIVOS

La reciente aprobación de la Ley de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia ha significado el cumplimiento de algunas medidas del Pacto de Estado Contra la Violencia de Género.

Esto implica, entre otras cuestiones, la consideración de la violencia vicaria como forma de violencia de género. Algo que no estaba incluido en la Ley Orgánica 1/2004 de Protección Integral Contra la Violencia de Género.

Esto representa un gran avance, ya que extiende el concepto de violencia de género y su ámbito de aplicación a todas las formas de violencia contra las mujeres.

Como hemos mencionado, el daño más extremo que puede ejercer el maltratador hacia una mujer es asesinar a los hijos.

El aumento del número de mujeres asesinadas a manos de sus parejas o exparejas y de menores asesinados durante los últimos años resulta alarmante.

Bajo este contexto, que se establezcan nuevas normativas al respecto se ha vuelto imprescindible. 

DIVERSOS TIPOS DE VIOLENCIA VICARIA

Entre los tipos de violencia vicaria se incluye la instrumentalización de otros colectivos vulnerables sujetos a la guarda y custodia de la mujer víctima de violencia de género.

En este sentido, pueden ser las personas mayores, individuos con discapacidad o en situación de dependencia.

Existen distintos tipos de violencia vicaria, siendo el caso extremo el asesinato de menores para generar dolor a la madre de los niños.

Violencia que evidencia cómo un agresor machista encuentra la manera de saciar su odio de la forma más cruel posible. Incluso renegando su vínculo paterno.

Hablar de violencia vicaria es aludir al peor de los crímenes.

Cabe mencionar que este tipo de violencia puede ejercerla también la mujer contra el hombre. Aunque el mayor porcentaje de casos acontecidos  en territorio español fueron ejecutados por hombres. Una situación que debe ser considerada de manera urgente por los responsables con competencia en la materia.

Si estás sufriendo algún tipo de violencia de género, no dudes consultar con nosotros.

Aquí estamos para ayudarte.