Cuándo conviene hacer pareja de hecho

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Cuándo conviene hacer pareja de hecho

Para entender cuándo puede interesar hacerse pareja de hecho, es importante conocer la definición de tal concepto.

Una pareja de hecho es la unión sentimental de dos personas, sin que exista vínculo matrimonial de ningún tipo.

En este sentido, a las parejas de hecho se les reconocen efectos jurídicos, siempre y cuando se cumplan los requisitos legales establecidos en el momento. Consúltanos todas tus dudas aquí.

Requisitos para formalizar una pareja de hecho

Es importante cerciorarse de los requisitos fundamentales para poder legalizar una pareja de hecho, y son los siguientes:

  • Es imprescindible ser mayor de edad, y no estar casado.
  • Alegar convivencia conjunta durante al menos dos años con la pareja.
  • Empadronamiento de al menos un miembro de la pareja en esa misma Comunidad Autónoma, que se acredite por un certificado de empadronamiento.
  • Se precisan dos testigos en el trámite del proceso.

Según estos requisitos, una pareja de hecho se formalizará de manera inmediata, y cumplirá las funciones propias de una pareja que ha decidido convivir y compartir derechos y deberes de pareja.

DIFERENCIAS ENTRE PAREJA DE HECHO Y MATRIMONIO

En primer lugar, hablamos de los hijos tanto dentro del ámbito del matrimonio como dentro de una pareja de hecho.

En ambos casos, los niños están protegidos y están sometidos a las mismas normas en cuanto a patriad potestad y pensión de alimentos, lo único que cambia es que en caso de ruptura de la pareja de hecho, se tramita mediante un proceso verbal de mutuo acuerdo, en cambio, en un matrimonio, este hecho se tramita como separación o divorcio, según cada caso concreto.

En cuanto a la adopción de hijos, si ya es complicado adoptar dentro de un matrimonio, cuanto más lo será para las parejas de hecho.

En cuanto al derecho de pensión de viudedad, cuando se trata de una pareja de hecho se deben alegar al menos 5 años de convivencia conjunta previa a la defunción de alguno de los miembros de la pareja, y también al menos dos años de registro de régimen de pareja de hecho.

Otro requisito a cumplir es que los ingresos de la persona que aun vive, no pueden superar los límites establecidos en la Seguridad Social de Comunidad Autónoma. los límites que la seguridad social de cada Comunidad Autónoma haya establecido.

Esta diferencia es notable respecto al matrimonio, que no requiere de un mínimo de convivencia ni de los ingresos del que aún vive.

Respecto al régimen económico no se aplica en la pareja de hecho, ya que no se puede establecer un régimen de separación de bienes, o el régimen de gananciales.

En estos casos, se habla de la autonomía de la voluntad, donde se establecen reglas de conducta dentro de los límites que la ley haya establecido.

A efectos fiscales, las parejas de hecho no pueden tributar conjuntamente en la declaración del IRPF.

De manera general, las parejas de hecho no tienen derecho a pensión compensatoria, aunque dependerá de la Comunidad Autónoma donde se resida para que sea regulado de una forma u otra.

Y lo mismo ocurre en caso de fallecimiento de uno de los dos miembros de la pareja sin haber realizado testamento, en ese caso tampoco se aplica el usufructo del tercio de mejora, como ocurre en los matrimonios.

CONVENIENCIA DE HACER PAREJA DE HECHO

En todos los casos de convivencia de dos personas es bueno formalizar la situación de alguna manera, antes o después, y cuando se decide formalizar una pareja de hecho puede haber varios motivos que lo fundamenten.

También existirán casos en los que la pareja de hecho se quiera disolver, y de forma concreta, existen 5 motivos diferentes:

  • Disolución por acuerdo común, que se deberá notificar e inscribir en el registro.
  • Porque un miembro de la pareja lo decida, se podrá cancelar la inscripción en el registro, y se comunicará a la otra parte implicada.
  • También por muerte de uno de los miembros de la pareja.
  • Por separación de pareja de hecho de más de 6 meses.
  • Por existir matrimonio de uno de los miembros de la pareja.

En definitiva, se tratará de una decisión personal, en primer lugar, y de haber cumplido una serie de requisitos en segundo lugar, el hecho de darse de alta en el registro como pareja de hecho.