Cómo funciona el régimen económico matrimonial en casos de divorcio

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Cómo funciona el régimen económico matrimonial en casos de divorcio

Un buen asesoramiento sobre los aspectos económicos en el momento de separarse o divorciarse, es fundamental para evitar conflictos y problemas en el futuro.

Durante la vigencia del matrimonio se puede optar por dos regímenes económicos diferentes:

  • Sociedad de Gananciales.
  • Separación de Bienes.

Cuando la unión matrimonial finaliza, llega el momento de resolver la situación económica, que podrá hacerse de una manera u otra dependiendo del régimen económico matrimonial que se encuentre vigente en el momento de la separación o divorcio.

Cuando una pareja decide unirse en matrimonio, podemos considerar que comienzan a compartir entre ellos tanto aspectos personales como patrimoniales.

En primer lugar, nos encontramos con los Aspectos Personales entre los que encontramos: el compromiso, el respecto, el interés por la familia, la fidelidad, la convivencia, las responsabilidades compartidas, etc.

Por otro lado, encontramos los Aspectos Patrimoniales, que se gestionarán en función del régimen económico matrimonial elegido por la pareja. Este régimen regulará tanto los bienes comunes como aquellos que sean privativos de cada cónyuge.

REGIMEN ECONOMICO MATRIMONIAL: TIPOS

1.- Régimen Económico de Sociedad de Gananciales:

En el momento del matrimonio se forma una sociedad de la que formarán parte todos los bienes que adquiera el matrimonio. Los bienes que integren la sociedad de gananciales corresponderán a ambas partes en la misma proporción, teniendo cada uno una cuota abstracta sobre los mismos.

Para este supuesto, cuando el matrimonio termina la sociedad de gananciales queda disuelta desde el momento en que se dicta la sentencia de divorcio. Sin embargo, para poder liquidarla habrá que instar lo que llamamos Liquidación de la Sociedad de Gananciales.

La función de nuestro equipo de Abogados de Familia será múltiple, ya que asesoraremos a todos nuestros clientes sobre el inventario de bienes, su valoración, la manera de interponer demandas judiciales, y todo tipo de cuestiones concernientes a lo que supone la disolución del matrimonio en términos económicos.

Para el caso de que el divorcio sea de mutuo acuerdo, la llamada Liquidación de Sociedad de Gananciales podrá instarse junto con la demanda de divorcio, y de este modo la sociedad de gananciales no solo quedará disuelta con el divorcio, si no que quedará además liquidada.

Sin embargo, si se tratase de un divorcio contencioso, la liquidación de la sociedad de gananciales deberá hacerse mediante un procedimiento judicial aparte.

2.- Régimen Económico de Separación de Bienes:

En este caso, todos los bienes que adquiera la pareja durante el matrimonio serán titularidad de cada cónyuge mediante una cuota concreta, que normalmente será del 50%. Y en el momento del divorcio no existirá sociedad que liquidar puesto que los bienes se encuentran ya divididos entre ambos desde el principio.

Para el caso en que la pareja no se pusiese de acuerdo sobre la venta de alguno de los bienes que tienen en común, podrá instarse el llamado Procedimiento de División de la Cosa Común.

DETALLES SOBRE EL REGIMEN ECONOMICO EN CASO DE DIVORCIO O SEPARACION

El régimen económico matrimonial será siempre elegido por la pareja y además podrá variar en función del deseo de los cónyuges durante la vigencia del matrimonio.

Para poder optar por la separación de bienes deberán otorgarse unas Capitulaciones Matrimoniales, que se tramitarán ante notario y podrán hacerse durante los seis meses anteriores a la celebración del matrimonio.

En la mayoría de las regiones españolas, el régimen económico matrimonial por defecto es el de gananciales, y por ello deberá llevarse a cabo de manera expresa la firma de las capitulaciones matrimoniales en el caso de que el matrimonio quisiera regirse por el régimen de separación de bienes.

Sin embargo existen Comunidades Autónomas en nuestro país como son Cataluña o Navarra, en las que el régimen matrimonial por defecto es el de separación de bienes.

La ayuda que un abogado de familia puede ofrecer en estos casos es infinita, porque nos centraremos en aquellos detalles que los clientes por sus circunstancias personales, no son capaces de tener en cuenta en esos momentos.

Somos conscientes de lo que supone asumir un cambio de esta índole en la vida de los clientes, y es por eso que nos encargamos de absolutamente todo.

Creamos el ambiente más apropiado para que el cliente nos cuente todo aquello que le preocupa y que en algún sentido pudiera influir en la toma de decisiones futuras respecto a su situación económica.

Y por supuesto, facilitamos todo tipo de contactos y ayudas para que los clientes se sientan cómodos, y por supuesto para que el resultado de tantos procesos legales, sea siempre el deseado desde el principio.